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Nombramientos

Decreto B18-2026                    

Artículo Primero:

En su calidad de Párroco de San Roque -Quebradanegra, nómbrese

al señor Presbítero ALCIDES PABÓN PABÓN,

también como administrador y representante legal de la Parroquia Nuestra Señora Del Rosario De Chiquinquirá-Útica.

Artículo Segundo:

Gozará de las licencias ministeriales en toda la Diócesis.

Decreto B19-2026                    

Artículo Primero:

Nómbrese como Administrador Parroquial de SAN PABLO APÓSTOL-Facatativá,

al señor Presbítero OSKAR FERNANDO VÁSQUEZ DUQUE.

Artículo Segundo:

Gozará de las licencias ministeriales en toda la Diócesis.

Decreto B20-2026    

Artículo primero:

Nómbrese Párroco de la Parroquia NUESTRA SEÑORA DE GUADALUPE, Madrid-Cundinamarca al

Reverendo Padre JUAN SEBASTIÁN VARGAS VARGAS.

Artículo segundo:

El nuevo párroco gozará de las licencias ministeriales en toda la Diócesis.

Artículo tercero:

El nombramiento establecido por el presente decreto tiene vigencia de cinco (5) años a partir de la fecha de expedición de este acto jurídico, a tenor de la legislación canónica – art. 10 de las Normas Complementarias para para Colombia, sin que esto sea obstáculo para la validez de eventuales traslados necesarios por el bien superior de la Iglesia Particular.

Artículo cuarto:

El sacerdote anteriormente nombrado en su respectivo oficio eclesiástico hará la respectiva profesión de Fe, juramento de fidelidad a la Iglesia y tomará posesión de su encargo ante el Vicario General o el Canciller de la Diócesis en la forma acostumbrada.                

Decreto B20-2026    

Artículo primero:

Nómbrese Vicario Parroquial de SAN MIGUEL ARCÁNGEL – SUBACHOQUE

al Reverendo Padre JHON EDISON COCA MARTÍNEZ.

Artículo segundo:

El mencionado sacerdote gozará de todos los derechos y obligaciones correspondientes a su cargo, incluida la facultad de presenciar matrimonios.

Artículo tercero:

Tomará posesión de su cargo en la forma acostumbrada.

Decreto B20-2026

Artículo primero:

Nómbrese Vicario Parroquial de SAN NICOLÁS DE TOLENTINO -SASAIMA al Reverendo

 Padre DIEGO RICARDO CASTAÑEDA MENESES.

Artículo segundo:

El mencionado sacerdote gozará de todos los derechos y obligaciones correspondientes a su cargo, incluida la facultad de presenciar matrimonios.

Artículo tercero: Tomará posesión de su cargo en la forma acostumbrada.    

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado a  veintiocho  (28 ) días del mes de julio  de 2026.

MONS. PEDRO MANUEL SALAMANCA MANTILLA
OBISPO DE FACATATIVÁ

FRANCISCO JAVIER JARAMILLO CELIS Pbro

Canciller