Decreto B18-2026
Artículo Primero:
En su calidad de Párroco de San Roque -Quebradanegra, nómbrese
al señor Presbítero ALCIDES PABÓN PABÓN,
también como administrador y representante legal de la Parroquia Nuestra Señora Del Rosario De Chiquinquirá-Útica.
Artículo Segundo:
Gozará de las licencias ministeriales en toda la Diócesis.
Decreto B19-2026
Artículo Primero:
Nómbrese como Administrador Parroquial de SAN PABLO APÓSTOL-Facatativá,
al señor Presbítero OSKAR FERNANDO VÁSQUEZ DUQUE.
Artículo Segundo:
Gozará de las licencias ministeriales en toda la Diócesis.
Decreto B20-2026
Artículo primero:
Nómbrese Párroco de la Parroquia NUESTRA SEÑORA DE GUADALUPE, Madrid-Cundinamarca al
Reverendo Padre JUAN SEBASTIÁN VARGAS VARGAS.
Artículo segundo:
El nuevo párroco gozará de las licencias ministeriales en toda la Diócesis.
Artículo tercero:
El nombramiento establecido por el presente decreto tiene vigencia de cinco (5) años a partir de la fecha de expedición de este acto jurídico, a tenor de la legislación canónica – art. 10 de las Normas Complementarias para para Colombia, sin que esto sea obstáculo para la validez de eventuales traslados necesarios por el bien superior de la Iglesia Particular.
Artículo cuarto:
El sacerdote anteriormente nombrado en su respectivo oficio eclesiástico hará la respectiva profesión de Fe, juramento de fidelidad a la Iglesia y tomará posesión de su encargo ante el Vicario General o el Canciller de la Diócesis en la forma acostumbrada.
Decreto B20-2026
Artículo primero:
Nómbrese Vicario Parroquial de SAN MIGUEL ARCÁNGEL – SUBACHOQUE
al Reverendo Padre JHON EDISON COCA MARTÍNEZ.
Artículo segundo:
El mencionado sacerdote gozará de todos los derechos y obligaciones correspondientes a su cargo, incluida la facultad de presenciar matrimonios.
Artículo tercero:
Tomará posesión de su cargo en la forma acostumbrada.
Decreto B20-2026
Artículo primero:
Nómbrese Vicario Parroquial de SAN NICOLÁS DE TOLENTINO -SASAIMA al Reverendo
Padre DIEGO RICARDO CASTAÑEDA MENESES.
Artículo segundo:
El mencionado sacerdote gozará de todos los derechos y obligaciones correspondientes a su cargo, incluida la facultad de presenciar matrimonios.
Artículo tercero: Tomará posesión de su cargo en la forma acostumbrada.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado a veintiocho (28 ) días del mes de julio de 2026.
✠ MONS. PEDRO MANUEL SALAMANCA MANTILLA
OBISPO DE FACATATIVÁ
FRANCISCO JAVIER JARAMILLO CELIS Pbro
Canciller
Originales firmados